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Mendoza Educación Martes, 15 de Mayo de 2018

Nuevas disposiciones para las juntas de Mérito, Calificadoras y de Disciplina de la DGE

Jaime Correas explicó que el Gobierno volvió al régimen normal del Estatuto del Docente, sancionado en 1985 y que ha regido de manera ininterrumpida desde esa época hasta que fue arbitrariamente suplantado por la paritaria de 2009.

Martes, 15 de Mayo de 2018
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16-05-2018

El director general de Escuelas, Jaime Correas, brindó una conferencia de prensa sobre las nuevas disposiciones para las juntas de Mérito, Calificadoras y de Disciplina.

“Desde la DGE hemos ordenado las juntas para que se aplique la Ley. Esto no se cumplía por el acuerdo paritario de 2009 entre el SUTE y el entonces director general de Escuelas, Carlos López Puelles, donde se cambió la composición de las juntas y se agrandó la cantidad de miembros sumando integrantes sindicales y se cambió la competencia a las juntas. Por ejemplo, hasta ese momento el director general de Escuelas era quien intervenía cuando había una denuncia contra un docente”, explicó Correas.

Ilegal

En virtud de una denuncia de una docente, la DGE toma intervención y luego de los dictámenes de Asesoría de Gobierno y del propio cuerpo de abogados de la DGE, el director general es el que decide declarar esta existencia de vicios en la competencia de las juntas.

El Gobierno volvió al régimen normal del Estatuto del Docente, que es el estatuto de la democracia, que se sancionó en 1985 y que ha regido de manera ininterrumpida desde esa época hasta que fue arbitrariamente suplantado por la paritaria de 2009.

En este sentido, el director general de Escuelas aclaró: “Luego de ese acuerdo paritario, tomó la propia Junta la capacidad de la condena. A partir de la denuncia de una docente que estuvo esperando seis años que su causa avanzara, se pidió volver al espíritu del Estatuto del Docente y nosotros advertimos que cuando se había hecho esa paritaria, se había homologado en Legislatura sólo en la parte de la cantidad de miembros de la Junta pero no de la capacidad de dictar la sentencia sobre la incumbencia”.

“Después de la denuncia nos constituímos en la Junta y pedimos que se nos remita esa causa y las otras similares para restituir la legalidad y estamos trabajando en ello. Lo que se partió en 2009 y se homologó fue ilegal. Ahora el director general de escuelas tiene la potestad de abrir los sumarios y no la Junta, creemos que toda denuncia merece una investigación”, agregó el funcionario.

Para finalizar, Correas dijo: “Estamos frente a una paritaria que no fue homologada y hay que ser muy claros en este punto: no hay ninguna violación del derecho sindical, sino que lo que se hace es precisamente declarar la existencia de esta no homologación y tratar de dar seguridad jurídica a los actos que se han venido llevando a cabo en este marco de ilegalidad”.

A su turno, Francisco Fernández, director de Asuntos Jurídicos de la DGE, explicó: “La Dirección General de Escuelas ha emitido distintos memorándum dirigidos a la junta de disciplinas de Nivel Inicial, Primario y Secundario, como así también a las juntas calificadoras de todos los niveles y modalidades pertenecientes a la DGE, por el cual dispone ajustar las competencias de los órganos colegiados a las previsiones que establece el estatuto del docente y su decreto reglamentario”.

“Vale destacar que a partir de un acuerdo paritario en 2009 hubo una modificación del Régimen de Competencias y composición de la Junta en la cual el decreto fue homologado y ratificado por ley exclusivamente del régimen de composición y elección de los miembros de los cuerpos colegiados tanto de la Calificadora como de la de Disciplina. Desde ahí las juntas de disciplina y las calificadoras en forma irregular tomaron atribuciones que no eran permitidas, atribuciones que están dispuestas en el Estatuto del Docente, como así también en su Decreto Reglamentario 313, que estaban en cabeza de la DGE, es decir, en las juntas calificadoras se adoptó de forma irregular la resolución de incumbencia con el nivel de puntaje consecuente. Eso no era una materia que podía ser disponible de un acuerdo paritario, como también resolvió que la apertura de sumario y la apertura de comunicación de sanción en las juntas de disciplina descansara en la Junta de Disciplina. Se trata de una manera irregular de una atribución y competencia que está en cabeza de la DGE por disposiciones del Estatuto Docente”, añadió Fernández.

Respecto de los cambios, el funcionario indicó: “A partir de esta disposición, en el caso de la Junta Calificadora va a resolver regímenes de incumbencias, y respecto de las juntas de disciplina, va a ordenar la apertura de sumarios como también la aplicación de sanción, cuestiones y atribuciones que ya se encontraban dispuestas en el Estatuto del Docente y en el Decreto Reglamentario”.

Para finalizar, dijo: “Esta disposición surge a través de un reclamo que efectúa un docente sumariado que hace más de seis años que está sometido a un proceso sumarial y que aún no se ha clausurado la instrucción sumarial. Este docente advierte esta irregularidad y solicita que se aplique el régimen disciplinario dispuesto en el Estatuto del Docente”.

Fuente: Prensa Gobernación