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Mendoza Elecciones 2019 Lunes, 15 de Abril de 2019

Gullé pidió que la Corte rechace la demanda de los Intendentes

El Procurador defendió la promulgación de la enmienda que limita los mandatos consecutivos de los jefes comunales y señaló que las reelecciones indefinidas generan "caudillismos" que corrompen el modelo.

Lunes, 15 de Abril de 2019
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15/04/2019

De acuerdo a lo que consigna el diario digital MDZol, el Procurador de la Corte, Alejandro Gullé, pidió hoy que sea rechazada la acción de inconstitucionalidad de cuatro intendentes del PJ contra la promulgación de la enmienda que limita las reelecciones de los jefes comunales y abrió las puertas al fallo definitivo del alto tribunal.

El dictamen de 10 páginas no es vinculante, pero marca un precedente importante y es el penúltimo paso del proceso. La causa ahora ingresa en la etapa de "autos para resolver" y da pie a la votación de los siete miembros de la Corte, quienes deberán definir en plenario quién o quiénes tienen la razón: Alfredo Cornejo o los intendentes peronistas que van por la reelección.

Además, aparece en el texto al menos una frase políticamente fuerte, que describe a las reelecciones indefinidas de los intendentes como generadores de "caudillismos" que terminan "corrompiendo el modelo".

Esto ha ocurrido a 13 días de los comicios de San Rafael, San Martín, Tunuyán y Lavalle. Algunas fuentes creen que el corto tiempo que hay hasta los comicios alcanza para la emisión del fallo de la Corte, aunque otras sostienen que no llegarán.

Cualquiera sea el desenlace, el fallo de la Corte no tendría efecto en esos comicios, pues el Gobierno provincial y los intendentes acordaron en forma extrajudicial que aceptarán que la sentencia tenga efecto "a futuro".

Hay que recordar que los intendentes del PJ acudieron en diciembre del año pasado a la Corte bajo el argumento de que la promulgación de la enmienda constitucional de 2009, en la que se impuso el "Sí" a una redacción del artículo 198 de la Carta Magna que sólo les permite una reelección consecutiva, era "arbitraria".

Los intendentes echaron mano al llamado fallo Kemelmajer o UCD, que en 1989 asimiló el término constitucional "electores" a la totalidad del padrón electoral, en contraposición con el criterio de Cornejo, que lo relacionó con los votantes del plebiscito constitucional de 2009, quienes en su mayoría se expresaron en contra de la reelección de los intendentes.

De adoptarse la interpretación de los intendentes del PJ, a ojos de la Procuración, "estaríamos petrificando una Constitución que ya de por sí adoptó un sistema rígido de reforma".

"En política, el electorado es el grupo de individuos con derecho a voto en una elección y que emiten su voto válidamente en la misma", dice el dictamen de Gullé, el cual además recalca que quien no vota "ha infraccionado la ley, y ninguna transgresión de esta naturaleza puede devenir en una consideración positiva o negativa a ningún efecto".

La Procuración hace la misma salvedad que el fiscal de Estado, Fernando Simón, quien cuando le tocó opinar en el expediente, señaló que también deben computarse como válidos los votos en blanco.

También dice que la interpretación de los intendentes del PJ admite que se compute el voto de "aquellas personas ya fallecidas", por ejemplo.

La frutilla es la fuerte consideración política sobre las reelecciones indefinidas que afecta (aunque nada del proceso los toque directamente) a los intendentes peronistas.

"Queda claro que la reelección indefinida, además de alejarse del espíritu y génesis del sistema político adoptado por nuestra Constitución, es una fuente de generación de "caudillismos" que, como es sabido, termina corrompiendo el modelo", dice casi sobre el final el dictamen de Gullé.

Fuente: MDZ