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San Rafael Caso Aspitia Lunes, 11 de Diciembre de 2017

El juez dictaminó que Jesús Navarro quiso matar a Vanesa Aspitia y dictó su prisión preventiva

La audiencia, cuyo final era previsible, estuvo caracterizada por la ausencia de sorpresas.

Lunes, 11 de Diciembre de 2017
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11-12-2017

En un dictamen previsible, y en el marco de una audiencia caracterizada por la pesadumbre típica de la profecía ya cumplida, el juez de Garantías Pablo Peñasco determinó la continuidad de la prisión preventiva —en la Penitenciaría— para Jesús Navarro, el hombre acusado de agredir violentamente a su ex pareja, Vanesa Aspitia, el pasado 7 de noviembre.

Mientras el acusado —visiblemente desmejorado— miraba insistentemente al piso, el fiscal Mauricio Romano inició la jornada con un duro argumento en el que aseguró que el hecho está “sumamente probado”.

Luego, Romano describió los testimonios de los testigos, recordó la condena que Navarro recibió en octubre por sus conductas violentas, y brindó estremecedores detalles de los acontecimientos previos al ataque y de su mecánica fáctica.

Navarro, dijo, violaba la prohibición de acercamiento y se comunicaba con Aspitia telefónicamente con asiduidad, algo que confirmaron la madre y el hermano de ella. Mantenían discusiones en las que él le pedía volver a retomar la relación y persistentemente la amenazaba con matarla en caso de no aceptar, subrayó.

Durante la agresión, reconstruyó el fiscal en base a los testimonios por él recabados, Navarro levantó varias veces la cabeza de Aspitia hasta cerca de un metro de altura y desde allí la empujó hacia el asfalto, mientras ella estaba en un grave estado de inconsciencia, sangrando profusamente.

Finalmente, Romano pidió que fuera dictaminada la prisión preventiva por el “peligro procesal” que el imputado presenta, por su demostrada “reincidencia delictiva” y su “falta de arraigo” —u hogar estable. “Puso en riesgo la vida de Aspitia. Si sale, seguramente, va a acudir a ella”, resumió.

José Lorenzo Durán, abogado querellante de Vanesa Aspitia, coincidió —“prácticamente en todo”, según sus palabras— con el fiscal. Se limitó a pormenorizar las “consecuencia del ataque criminal” que todavía sufre su clienta, a más de un mes del hecho: dos fisuras y una fractura en el cráneo, una burbuja de aire en el cerebro, mareos, quebraduras en los huesillos de ambos oídos y hemorragias, dificultad auditiva y parálisis facial.

Por último, pidió agregar un agravante a la imputación contra Navarro: alevosía. La víctima, sostuvo, declaró haber sentido cómo “se le apagaba la luz” al entrar en su estado de inconsciencia. Bajo estas circunstancias, continuó el letrado, el agresor atacó sabiendo que Aspitia “no tenía ninguna capacidad de defenderse”.

“Ella no está acá porque tiene miedo al señor”, ilustró ulteriormente Durán, refiriéndose a Vanesa. “Tiene tanto miedo que no soporta su presencia”,

La abogada defensora de Jesús Navarro, Daniela García, ofreció un tibio auxilio al imputado. Entendió las “razones” de las partes, no cuestionó la existencia del hecho, la participación de su defendido o su salud mental. Sólo pidió que sea juzgado por lesiones gravísimas, y no por intento de homicidio, acusación que consideró “no probada”.

García descartó el agravante solicitado por Durán. Alevosía, argumentó, implica “ataque al acecho”. Sin embargo, continuó, no se ha determinado la pérdida de conocimiento, y la agresión se dio en un lugar “súper transitado” y “a plena luz del día”. “El hecho es único e indivisible”, remató.

Solicitó que al acusado le fuera otorgado el beneficio de la prisión domiciliaria, a cumplirse en la casa de su hermano, ubicada en La Llave, paraje al que etiquetó como suficientemente alejado como para evitar un ataque reincidente.

Terminados los alegatos de las partes, el juez preguntó al imputado si quería hacer uso de la palabra. Navarro se limitó a mover la cabeza, y Peñasco inició su técnica alocución en la que catalogó al ataque como “flagrante”, y no consumado —pese a su intento de terminar con la vida de Aspitia— únicamente “gracias a la intervención de terceros”.

El juez consideró que los agravantes —por el vínculo y por violencia de género— son legítimos y descartó modificar la imputación, tanto para sumar la alevosía solicitada por Durán o para rebajar la calificación a Lesiones gravísimas como pidió García, aunque dejó abierta la posibilidad a próximas instancias.

“¿Es descabellado pensar, con el resultado, que la intención fuera la muerte?”, se preguntó Peñasco. “Desde el punto de vista lógico no”. “¿Era el medio [fuerza física usada para golpear contra el pavimento] idóneo?”, prosiguió. “Sí, era idóneo para dar muerte”, sentenció. “Él —agregó— ya venía pensando y diciendo que la quería matar”.

Con intermitentes miradas dirigidas al imputado, que —encorvado y con sus brazos entre las piernas— todavía mantenía sus ojos fijos en el suelo, Peñasco finalmente dictó su veredicto: prisión preventiva en la Penitenciaría.