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Mendoza Miercoles, 13 de Noviembre de 2019

Conciliación laboral: la litigiosidad laboral se redujo casi 60% en Mendoza

Desde la puesta en marcha de la Oficina de Conciliación Laboral, instancia administrativa y prejudicial, se produjo una reducción de la litigiosidad en los Tribunales del Trabajo.

Miercoles, 13 de Noviembre de 2019
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14/11/2019


En el marco de la profunda transformación del Estado, la situación de la alta litigiosidad no fue ajena a las sustanciales modificaciones que llevó a cabo el Gobierno de la provincia de Mendoza. El colapso de expedientes tramitados en la órbita jurisdiccional, la mora judicial y el retardo en impartir justicia disminuyó ampliamente con el trabajo realizado en las Oficinas de Conciliación Laboral (OCL). De esta manera, se creó un ámbito conciliatorio para acercar posiciones, procurar una justa composición de intereses y evitar el ingreso innecesario de demandas a la Justicia.

El subsecretario de Trabajo, Carlos Segura, destacó los resultados favorables de la implementación de la Oficina de Conciliación Laboral que “ha generado una disminución en el volumen de causas ingresadas en el fuero laboral, lo que mejora y coadyuva a la administración de justicia”.

“Pero el logro más destacado es que tanto trabajadores como empleadores cuentan con un ámbito rápido y ágil para dirimir sus controversias. Un conciliador tiene la misión de acercar posiciones en torno a derechos litigiosos o dudosos, resguardando celosamente el orden público laboral y custodiando los principios que la normativa laboral tutela, como la irrenunciabilidad de los derechos y su protección. De esta manera, los trabajadores cuentan con la posibilidad de resolver sus contingencias con motivo del trabajo de manera gratuita, rápida y efectiva y los empleadores resuelven sus conflictos de manera ágil, segura y a un muy bajo costo”, agregó Segura.

¿Qué es la OCL?

La sanción de la Ley 8990 creó las Oficinas de Conciliación Laboral, un procedimiento conciliatorio administrativo, obligatorio y gratuito. El objetivo de las mismas es la resolución de conflictos rápida y eficaz previo a la instancia judicial. Cuenta con la asistencia de un profesional idóneo (abogado conciliador), cuya misión es acercar a las partes y proponer soluciones que eviten la litigiosidad, resguardando los derechos de los trabajadores.

Así, los acuerdos celebrados en esta instancia ponen fin a las pretensiones judiciales que, en el mejor de los casos, tenían una demora promedio de 4 años. Actualmente, un trámite iniciado ante la OCL tiene una demora promedio de 41 días.

Aumento en los acuerdos conciliatorios

Del total de reclamos ingresados y finalizados al sistema durante 2018 se conciliaron 46%. Hasta agosto de 2019, ese porcentaje se incrementó sensiblemente a 48% de los casos. Es decir que, de un total de 830 reclamos mensuales ingresados desde la puesta en marcha de este sistema el 22 de noviembre de 2017, 390 no ingresan al sistema judicial. Se logra así una gran descongestión de los tribunales del Trabajo y un desgaste jurisdiccional innecesario.

Incremento en la tasa de resolución judicial

Como consecuencia de la disminución de la litigiosidad, producto de los acuerdos conciliatorios logrados en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo, se incrementó notablemente la tasa de resolución judicial. Así, se pasó de un promedio de 60% a 138% en toda la provincia, y se consiguió así una mayor producción de las cámaras del Trabajo.

Fuente: Prensa Gobernación