La exmagistrada falleció este miércoles en su vivienda de un barrio privado de Las Heras. Cómo se desató el escándalo a fines del 2016.
Este miércoles fue hallada muerta en su vivienda del barrio Dalvian la exfiscal de Mendoza, Anabel Orozco. La mujer tenía 73 años y el fiscal de Homicidio, Carlos Torres, estudia la causa de su fallecimiento, que en principio se especula que podría ser a raíz de una descompensación o causas naturales.
La triste noticia que se conoció esta jornada hizo resurgir lo que fue un momento de alto impacto en términos políticos y judiciales entre el 2016 y 2017, cuando comenzó a investigarse a Orozco, quien era titular de la Segunda Fiscalía Correccional.
Si bien nunca fue una fiscal "mediática", su caso copó los medios de comunicación cuando se reveló que la entonces magistrada, en noviembre del 2016 presentó certificados médicos de licencia por una lumbalgia, pero en paralelo publicó en la red social Facebook fotos de un viaje a Florianópolis (Brasil) con sus amigas, así como también otro viaje a Potrero de los Funes (San Luis), donde participó de un torneo de Bridge.
Casi un año más tarde, el 26 de octubre del 2017, fue destituida de su cargo por el Jury de Enjuiciamiento.
Tras el revuelo que provocó la difusión de las fotos, el procurador de la Corte, Alejandro Gullé, impulsó su denuncia, que terminaría con su destitución por "desorden de conducta", aunque también se le abrió una causa penal por "fraude a la administración pública", ya que pretendió cobrar su salario sin recortes por dicho certificado médico.
Según los registros de Migraciones, Orozco salió del país el 11 de noviembre del 2016 y regresó el 20 del mismo mes. Su primer cerficado se presentó el 8 de noviembre "por razones de salud" con diagnóstico de "lumbalgia aguda". Si bien dicho certificado caducaba el 18 de noviembre; ese mismo día el secretario de la Segunda Fiscalía Correccional informó telefónicamente a Recursos Humanos que Orozco continuaría su licencia por enfermedad. Orozco seguía en Brasil y ese segundo diagnóstico hablaba de una "recaída de su lumbalgia" y aconsejaba reposo por otros diez días.
En una maniobra que intentó Orozco, y que también lo quiso hacer otro magistrado destituido, el exjuez laboralista Antonio Sánchez Rey, quiso acelerar sus trámites para jubilarse y mantener sus beneficios jubilatorios.
No obstante, Alfredo Cornejo, quien era el gobernador en su primera gestión, rechazó la renuncia. De esta forma, echó por tierra la posibilidad de esquivar el Jury, no sólo con la chance de no quedar destituida, sino sobre todo porque perdería el beneficio del 82% móvil que tienen los jueces, lo que terminó ocurriendo, ya que el artículo 29 de la ley 24.018 establece que "los beneficios de esta ley no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político o, en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".
"Alguna vez tiene que haber una sanción para un funcionario judicial que se portó mal. La renuncia es un alivio, en cuanto a que no sigue ejerciendo su cargo, pero no lo veo como una sanción. Así que en ese marco me gustaría evaluarla más", dijo Cornejo en aquel momento.
En el proceso del Jury de Enjuiciamiento, Orozco señaló que presentó dos certificados médicos por "lumbalgia aguda", que iban desde el 8 hasta el 28 de noviembre (cada uno de ellos por 10 días); mientras que el viaje se realizó entre el 11 y el 20 de noviembre.
"Yo no estaba en funciones, y el reposo para mi tratamiento no es estar tirada en una cama. Tenía un certificado desde una semana antes del viaje, que duró sólo 5 días hábiles, y para días después por mi tratamiento", recuerda una crónica de diario La Nación de acuerdo a la justificación de la fiscal en su defensa ante el Jury.
Ese 26 de octubre del 2017, el Jury tuvo una definición dividida. 17 miembros votaron por su destitución, mientras que cuatro (Omar Palermo, Julio Gómez, Mario Adaro y Alejandro Pérez Hualde) optaron por un "castigo" menor, que era una suspensión por 180 días.
Por último, Orozco apeló la decisión del Jury a la Suprema Corte de Justicia, organismo que el 27 de marzo del 2019 rechazó dicho pedido y confirmó la sentencia. "El debido proceso ha sido respetado adecuadamente; todas las etapas procesales se cumplieron en protección del derecho de defensa de la acusada, por lo que no corresponde su nulidad ni modificación en sentido alguno", fundamentó Jorge Nanclares, quien en su momento era el presidente de la Corte.