La provincia de Mendoza ha dado un paso significativo en la protección de su patrimonio forestal urbano con la entrada en vigencia de la Ley Nº 9702, que modifica la normativa vigente sobre arbolado público. La reforma, publicada recientemente en el Boletín Oficial, delega nuevas responsabilidades en los municipios y fortalece los mecanismos de control ambiental, buscando una gestión más integral y sostenible de los espacios verdes.
La principal modificación radica en la transferencia del control exclusivo del arbolado público a los municipios dentro de sus respectivos territorios. A partir de ahora, las comunas deberán elaborar y presentar un Plan de Manejo Integral del Arbolado cada cuatro años, junto con informes anuales detallados sobre su implementación y resultados, que deberán ser presentados antes del 31 de marzo de cada año.
El Estado provincial mantendrá su jurisdicción sobre el arbolado en rutas, cauces y espacios de dominio público provincial y nacional. Asimismo, la nueva ley establece que cualquier intervención sobre el arbolado público, incluyendo podas, talas o erradicaciones, requerirá la autorización previa de la Subsecretaría de Ambiente.
Esta medida busca asegurar la preservación del patrimonio forestal urbano y evitar daños innecesarios. La autoridad provincial de aplicación, a través de la Subsecretaría de Ambiente, definirá políticas integrales y criterios técnicos para la preservación, mantenimiento y desarrollo del arbolado, promoviendo la selección de especies adecuadas para cada entorno y fomentando el policultivo y la plantación escalonada para garantizar la continuidad del dosel arbóreo.
La reforma también introduce cambios en la Ley Orgánica de Municipalidades, impidiendo la modificación de nombres de calles o espacios públicos sin una ley provincial y prohibiendo la designación de homenajes a personas vivas en estos lugares. El objetivo general es unificar criterios y asegurar una planificación a largo plazo que beneficie la calidad ambiental y paisajística de Mendoza.