El Gobierno nacional oficializó la eliminación de las compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia por la emisión de pasajes gratuitos para personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos. La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución 28 de la Secretaría de Transporte, implica que las compañías deberán absorber el costo total de estos boletos sin recibir reintegros estatales.
Esta decisión revierte el régimen de subsidios implementado en un contexto de mayor intervención estatal en las tarifas de transporte, argumentando que las condiciones que lo justificaron "han sido superadas". A pesar de la quita de subsidios, el derecho a la gratuidad para los beneficiarios de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 se mantiene intacto. Las empresas de micros seguirán obligadas a otorgar pasajes sin cargo a quienes presenten el Certificado Único de Discapacidad (CUD), credencial del INCUCAI o documentación de tratamientos oncológicos.
La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) tendrá la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa y asegurar que las empresas continúen brindando el beneficio. Para tramitar los pasajes gratuitos, los pasajeros deberán presentar su DNI y la documentación acreditante, pudiendo realizar la reserva de forma online a través del Sistema de Solicitud de Pasajes de la CNRT o presencialmente en las boleterías con una antelación mínima de 48 horas, salvo excepciones para credenciales del INCUCAI.
Se proyecta que esta medida podría generar un impacto en la estructura de costos de las empresas de transporte, aunque el acceso al beneficio para los grupos vulnerables no se verá alterado legalmente.