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San Rafael Miercoles, 21 de Setiembre de 2022

Falta de transparencia en el Municipio de San Rafael

El bloque de concejales UCR-FCM presenta un proyecto para pedir la designación del funcionario garante.

Miercoles, 21 de Setiembre de 2022
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21/9/2022

En el año 2018 la Provincia de Mendoza reguló el Derecho de Acceso a la Información Pública. Este es un derecho fundamental que tienen las personas para informarse y conocer el funcionamiento del estado.

En San Rafael en el año 2019 se dio sanción a la ordenanza N° 13.519 que en su artículo primero establece "ADHERIR a la ley N°9070" de acceso a la información pública.

Pero el intendente de San Rafael aún no nombra un FUNCIONARIO GARANTE responsable de la aplicación de la Ley ante la Oficina de investigaciones Administrativas y Ética Pública de la provincia de Mendoza.

El Intendente Emir Félix debe permitir el acceso a información básica para entender el funcionamiento del estado por parte de la ciudadanía e identificar acciones concretas vinculadas al efectivo cumplimiento de la transparencia activa.

Por estas razones el bloque UCR-FCM presenta este proyecto para pedir la designación del FUNCIONARIO GARANTE.

Proyecto

Visto:

Las administraciones Públicas deben regular los mecanismos de acceso a la información Pública, dando el marco y estableciendo los procedimientos para su solicitud, garantizando la publicidad activa de los actos de gobierno, fomentado la apertura del estado y la transparencia;

Considerando

En el año 2018 la Provincia Mendoza reguló el Derecho de Acceso a la Información Pública. Luego de la presentación de varios proyectos legislativos por parte de que distintas fuerzas políticas en la Legislatura Provincial, se dio sanción a la Ley N° 9070. Esta Ley regula el acceso a la Información Pública.

La Constitución Nacional consagra el acceso a la información pública, es un derecho fundamental que tienen las personas para poder acceder a la información sobre el funcionamiento del estado. La importancia de este derecho es reconocida a nivel internacional por distintos organismos.

La Ley que rige en Mendoza es una ley moderna que ha sido reconocida en un informe del Banco Mundial (2019) sobre los marcos legales provinciales, como una de las normas que aportó mayor calidad a la regulación de este derecho en el país.

La ley N° 9070 en su artículo 40° establece "Adhesión - Invitase a adherir los Municipios a la presente Ley"

En consecuencia, de lo nombrado en el párrafo anterior, en la Ciudad de San Rafael a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil diecinueve se dio sanción a la ordenanza N° 13.519 que en su artículo primero establece "ADHERIR a la ley N°9070 de acceso a la información pública".

No obstante, esta adhesión, para que la normativa pueda funcionar se debe nombrar un funcionario garante responsable de la aplicación de la Ley. Establece la Ley N° 9070 en su artículo séptimo "Funcionario Garante - Cada una de las autoridades públicas designará un miembro de su planta como funcionario garante responsable de la aplicación de la presente Ley. El funcionario tendrá la responsabilidad de la atención directa y resolución de las solicitudes de información pública. La máxima autoridad de cada repartición pública será responsable en forma solidaria con el funcionario garante".

El organismo encargado de controlar el cumplimiento de la ley N° 9070 es la Oficina de investigaciones Administrativas y Ética Pública (OIAyEP) de la provincia de Mendoza.

El sitio web de Oficina de investigaciones Administrativas y Ética Pública cuenta con valiosa información para la participación ciudadana y el monitoreo de las acciones del Estado.

Luego de haber consultado dicho portal, el mismo informa que el Municipio de San Rafael no ha designado Funcionario Garante y que la designación se encuentra en trámite, información está disponible en https://eticapublica.mendoza.gov.ar/assets/public/Funcionarios%20garantes%20para%20web%20-%20julio%202021.pdf.

Considerando que desde el mes de octubre del año 2.019 a la actualidad a transcurrido el tiempo suficiente para llevar a cabo la designación del funcionario garante y que para realizar acciones que permitan acceder a información básica para entender el funcionamiento del estado por parte de la ciudadanía e identificar acciones concretas vinculadas al efectivo cumplimiento de la transparencia activa, se solicita la sanción de la presente ordenanza.

Ordenanza N°

Artículo 1° El Departamento Ejecutivo Municipal designará funcionario garante ante la Oficina de investigaciones Administrativas y Ética Pública (OIAyEP) de la provincia de Mendoza, en cumplimiento de la Ley N° 9070.

Artículo 2° Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ordenanza, estarán a cargo del presupuesto en vigencia.

Artículo 3º: De forma.