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San Rafael Jueves, 18 de Abril de 2024

Tragedia en Alvear: Cuál es la figura legal en la que está encuadrada la acusación contra el camionero

Jueves, 18 de Abril de 2024
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18/4/2024

Esta semana fue trasladado a la penitenciaría Juan Pablo Roig, el transportista que fue protagonista del choque con un colectivo de la empresa La Unión, donde viajaban las tres personas que resultaron fallecidas y los 17 heridos.

En los próximos días la defensa podría solicitar una audiencia de control jurisdiccional para pedir la libertad del imputado o bien una prisión domiciliaria, en caso de que no se haga lugar a este pedido, Roig permanecerá detenido, al menos, hasta la realización de la audiencia de prisión preventiva.

Cabe destacar que la figura penal por la que se lo acusa está enmarcada en el artículo 84 y 84 bis del Código Penal. El artículo 84 establece que "será reprimido con prisión de uno a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales".

Mientras que el 84 bis reza que "será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte".

Además destaca que la pena será de prisión de tres a seis años, si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima, siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o un gramo por litro de sangre en los demás casos, o estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo, las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria, o cuando fueren más de una las víctimas fatales.