El máximo tribunal provincial no dio lugar a un planteo de "revisión de cosa juzgada" de la comunidad de "supuestos" mapuches. Qué argumentos dio la Corte.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza desestimó un pedido de la comunidad mapuche Lof El Sosneado y ratificó que deberá abandonar un predio de 3.500 hectáreas ubicado en San Rafael, el cual pertenece a la firma Sominar S.A.
El tribunal, a través de los jueces Mario Daniel Adaro y José Valerio, rechazó el recurso de "revisión de la cosa juzgada" presentado por la comunidad indígena para revertir un fallo anterior que ya le había sido desfavorable.
El conflicto se remonta a una disputa por la posesión de las tierras, que la comunidad reclamaba por derechos ancestrales. Sin embargo, la compañía Sominar S.A. sostuvo que Nilda Verón, integrante del Lof El Sosneado, incumplió el contrato de alquiler que su padre, Quintín Verón, había mantenido con la empresa. Tras ese argumento, la firma pidió el desalojo.
Tanto la Justicia Civil como la propia Suprema Corte ya habían dado la razón a la compañía privada. El caso incluso llegó a la Corte Suprema de la Nación, que en abril ratificó las sentencias provinciales y dejó firme la orden de restitución de las tierras.
En un intento por frenar la medida, la comunidad volvió a apelar ante la Corte mendocina, invocando la Resolución 80/2023 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que inscribió su personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. También pidieron una cautelar para suspender el desalojo mientras se analizaba el nuevo planteo.
La Procuración General recomendó rechazar el recurso y los jueces Adaro y Valerio fallaron en la misma línea. El tercer miembro del tribunal, Omar Palermo, no participó por estar de licencia médica.
De este modo, el litigio que lleva varios años llegó a su cierre judicial y Sominar S.A. podrá recuperar el control de las tierras en disputa.
Fuente: Memo