El Senado dio sanción final a las leyes de Avalúo e Impositiva para el ejercicio fiscal del próximo año. El peronismo votó dividido y solo tres senadores kirchneristas se opusieron.
El Senado de Mendoza dio sanción definitiva este martes a las leyes de Avalúo e Impositiva para el ejercicio fiscal 2025. Se trata de las normas que fijan las alícuotas, mínimos, límites y coeficientes para la determinación de la base imponible de los impuestos provinciales. Los proyectos fueron aprobados por una amplia mayoría y solo un puñado de senadores opositores votaron en contra.
Las dos iniciativas impulsadas por el gobierno de Alfredo Cornejo alcanzaron un contundente respaldo legislativo y obtuvieron votos afirmativos de todas las fuerzas opositoras.
El proyecto de Ley de Avalúo Fiscal fue aprobado por 33 votos afirmativos contra 3 negativos. Los senadores peronistas Félix González, Helio Perviú y Gerardo Vaquer fueron los únicos en votar en contra.
A su vez, la Ley Impositiva 2025 se aprobó por 32 votos afirmativos contra 4 negativos. En este caso, a los tres legisladores peronistas que habían rechazado la otra norma se le sumó el voto negativo del senador del Partido Verde, Dugar Chappel.
Respecto del impuesto a los Ingresos Brutos, la norma establece una exención total para las actividades de generación de energía a partir de fuentes renovables. Se reducirá también, la carga fiscal de las actividades relacionadas con la salud humana, estableciendo una alícuota del 0% para los servicios de internación y una reducción de 0,5% en la alícuota de otras actividades del sector, lo que representa una disminución de la presión fiscal de entre el 10% y el 15% en comparación con los valores vigentes en 2024.
Asimismo, se hace una categorización de los contribuyentes según su facturación:
-Pequeños: una alícuota reducida para contribuyentes con facturación menor a $315 millones en 2024. Constituyen el 89% del total.
-Medianos: una alícuota general para contribuyentes con facturación entre $315 millones y $3.150 millones en 2024. Constituyen el 10% del total.
-Grandes: una alícuota incrementada para contribuyentes con facturación mayor a $3.150 millones en 2024. Constituyen el 1% del total.
Sobre el Impuesto a los Sellos, se prevé una reducción de la alícuota general de a 0,25% por año, lo que implica que para 2025, la alícuota general será del 1,25% - lo que representa una disminución del 17% respecto al valor vigente en 2024 -, continuando de forma progresiva en los próximos años hasta llegar al 0% en 2030.
Para las operaciones con alícuotas especiales, también se prevé una disminución gradual en los próximos años, particularmente en el impuesto por la inscripción de vehículos 0 km que caerá 0,75 puntos porcentuales, lo cual equivale a un 30% menos respecto a la vigente este año.
En el mismo sentido, la alícuota por la inscripción inicial de vehículos comerciales de más de 4.000 kg., disminuirá de 2,5% a 0,5% representando una baja de un 80% en relación a 2024. En este grupo se incluyen camiones pequeños, grandes y pickups "fomentando la inversión en capital de trabajo por parte de empresas mendocinas".
Por otra parte, estarán exentas las prendas sobre automotores, reduciendo, en algunos casos, hasta en un 25% el costo transaccional de compra de vehículos financiados.
Con el mismo objetivo, la alícuota por transferencia de inmuebles y por operaciones financieras se reducirá en 0,25% en 2025, es decir, entre un 10% y un 12,5% menos en comparación con los valores de este año.
También, en lo que hace a contratos de alquiler, solamente tributarán los de locación con destino comercio cuyo canon supere los $50.000.000 anuales.
La ley de Avalúo aprobada este martes plantea una modificación en el Impuesto Automotor y reemplazar el esquema de topes de aumento utilizado en los últimos años, por una escala de alícuotas progresivas que varían según el avalúo del vehículo.
Esto significa que en los vehículos que el impuesto a pagar se calcula como un porcentaje del valor del automotor, este porcentaje irá creciendo con el avalúo, iniciando en un mínimo de l,5% hasta un máximo de 3%, permitiendo disminuir "las inequidades generadas por los topes de aumento, ya que en 2024, muchos vehículos con avalúos similares pagaban impuestos muy dispares, dependiendo de si estaban sujetos a dichos topes o no", aclara la fundamentación.
Para 2025, se mantienen los beneficios para los vehículos híbridos y vehículos eléctricos, con la reducción del 50 % del tributo, en la medida que no tengan deuda de ejercicios anteriores.
Este tributo toma la valuación según el valor de mercado de la Dirección de Registro de la Propiedad Automotor. Hasta una valuación de 5,7 millones empiezan a tributar con el 1,5, y mayor de 70.300.000 pesos, el 3% de alícuota.
En el caso del transporte de carga pesada, de más de 4000 kgs, para los modelos 2000 a 2025, el tributo será del 0,3% del valor asignado.
En relación a este impuesto a los bienes inmuebles continúa la metodología introducida en 2024 según la cual se utilizan métodos de valuación masiva surgidos del Observatorio del Mercado Inmobiliario de Mendoza, desarrollado en el ámbito de la Dirección General de Catastro.
Se incorporó una nueva fórmula de cálculo que combina montos fijos variables según categorías y alícuotas crecientes.
Fuente: MDZ