Argentina dio un giro histórico en su política criminal con la puesta en marcha del nuevo Régimen Penal Juvenil, una normativa que reduce de 16 a 14 años la edad mínima de imputabilidad. La medida busca terminar con la impunidad en delitos cometidos por menores, estableciendo un marco legal específico que prioriza la responsabilidad del adolescente frente a sus actos, sin descuidar los objetivos de resocialización e integración social.
La flamante ley 27.801 llega para reemplazar un régimen que databa de 1980, el cual había quedado desactualizado frente a las demandas de seguridad actuales. Con esta actualización, el sistema judicial argentino abandona el viejo esquema para adoptar un modelo que, si bien contempla la sanción, pone el foco en la educación, la capacitación laboral y el acompañamiento interdisciplinario para evitar la reincidencia.
Entre los puntos clave de la normativa, se destaca la prohibición de las penas de prisión perpetua, fijando un tope máximo de 15 años de privación de libertad. El sistema contempla un abanico de sanciones alternativas al encierro, como servicios comunitarios, reparación del daño, prohibiciones de acercamiento y monitoreo electrónico, siempre bajo una estricta evaluación pericial y la participación activa de la víctima en el proceso.
Desde el Gobierno nacional, la ministra Patricia Bullrich celebró la implementación de la ley bajo la premisa de que "el que las hace, las paga". Según la funcionaria, esta herramienta es fundamental para proteger a las víctimas y poner fin a la sensación de impunidad que rodeaba a los delitos cometidos por menores, garantizando que, independientemente de la edad, exista una respuesta estatal clara ante el crimen.
Finalmente, el régimen impone condiciones estrictas para el cumplimiento de las penas: los adolescentes deberán ser alojados en establecimientos diferenciados de los adultos y con personal especializado. Además, la ley resguarda la identidad de los menores involucrados, prohíbe la difusión de sus datos personales y establece la responsabilidad civil de los padres por los daños causados por sus hijos, cerrando así un capítulo largamente debatido en la justicia argentina.